Última actualización: 13 de mayo de 2026
El Dorado Labs PY INC (“El Dorado”, “nosotros” o “nuestro”) está comprometido con los más altos estándares de cumplimiento, seguridad e integridad en todo nuestro ecosistema financiero. Esta Lista de Prohibiciones describe las categorías de actividades comerciales, conductas de gasto, ubicaciones geográficas y conductas de usuario que están limitadas o prohibidas al utilizar los servicios de El Dorado.
Esta Lista de Prohibiciones aplica a todos los usuarios finales de la Plataforma (personas físicas y entidades) y a todos los productos y servicios de El Dorado, incluyendo, entre otros: Cuenta USD (ACH/Wire), Marketplace P2P, Tarjeta Visa Internacional, Cripto, El Dorado Pay (transferencias internas entre usuarios) y Pagos QR.
El Dorado se reserva el derecho de actualizar esta lista en cualquier momento y de aplicar restricciones adicionales caso por caso cuando así lo requieran la ley, nuestros socios bancarios y emisores de tarjetas (incluyendo Lead Bank, Bridge Ventures LLC y Visa U.S.A. Inc.), nuestros reguladores, o cuando se identifique un riesgo reputacional, de fraude o de delito financiero.
El Dorado solo puede prestar servicios a usuarios finales residentes en los países listados en la App. No obstante lo anterior, está prohibido para El Dorado prestar servicios a usuarios finales en los siguientes países:
• Bielorrusia
• China (continental)
• Cuba
• India
• Irán
• Iraq
• Israel
• Myanmar
• Nepal
• Nicaragua
• Corea del Norte
• Rusia
• Siria
• Turquía
• Ucrania
• Venezuela
• Vietnam
El Dorado no admite el onboarding en jurisdicciones que presenten un mayor riesgo legal, regulatorio o de sanciones. El Dorado tampoco puede prestar servicios a usuarios finales que se encuentren físicamente en cualquiera de los países antes mencionados al momento del onboarding o de la transacción, independientemente de su nacionalidad o residencia declarada.
Independientemente del país de residencia, El Dorado no puede, bajo ninguna circunstancia, dar de alta o mantener una relación con, ni procesar transacciones para, cualquier persona o entidad que:
• Se encuentre en la Lista de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas (SDN) de OFAC de EE. UU., la Sectoral Sanctions Identifications List, la Foreign Sanctions Evaders List, o cualquier otra lista mantenida por OFAC.
• Se encuentre en la Lista Consolidada de Sanciones del Consejo de Seguridad de la ONU.
• Se encuentre en la Lista Consolidada de Sanciones Financieras de la Unión Europea.
• Se encuentre en la Lista Consolidada del HM Treasury (OFSI) del Reino Unido.
• Sea propiedad en un 50% o más, directa o indirectamente, de una o más personas sancionadas (la “Regla del 50%”), o esté controlada de otro modo por una persona sancionada.
• Sea identificada como Persona Expuesta Políticamente (PEP) y no pueda completarse satisfactoriamente la Debida Diligencia Reforzada, o cuando la fuente de fondos o patrimonio del PEP no pueda verificarse razonablemente.
• Esté sujeta a información adversa creíble (adverse media) que indique participación en lavado de activos, financiamiento del terrorismo, financiamiento de la proliferación, corrupción, evasión de sanciones u otros delitos precedentes.
• Se conecte desde una dirección IP, dispositivo o domicilio declarado en KYC vinculado a cualquiera de las jurisdicciones restringidas listadas en la Sección I.A.
• Los usuarios finales deben tener al menos 18 años (o la edad de mayoría legal en su jurisdicción, la que sea mayor).
• Los usuarios finales que carezcan de capacidad legal, o que estén sujetos a incapacitación legal, no pueden utilizar la Plataforma.
El Dorado no puede prestar servicios a entidades dedicadas a los siguientes tipos de negocios bajo ninguna circunstancia:
• Actividades ilegales o altamente reguladas, incluyendo, entre otras:
• Plataformas de recaudación o donación para campañas políticas que operen fuera de la legislación electoral y de financiamiento de campañas aplicable.
• Financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación: cualquier actividad que financie el terrorismo, organizaciones terroristas o la proliferación de armas de destrucción masiva (nuclear, química, biológica, radiológica).
• Armas de destrucción masiva y armas restringidas: fabricación, comercio o transporte de armas de destrucción masiva, materiales nucleares fuera del comercio regulado legalmente, minas antipersonales, municiones en racimo y armas químicas/biológicas.
• Sociedades pantalla: entidades sin propósito comercial demostrable, sin operaciones, sin empleados y sin titular real verificable.
• Servicios financieros sin licencia: negocios que operen como bancos, instituciones de pago, emisores de dinero electrónico, intermediarios de valores, transmisores de dinero o Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (VASPs) sin la licencia requerida en su jurisdicción de operación.
• Mixers, tumblers y servicios que refuerzan el anonimato: mixers, tumblers, servicios coin-join de criptomonedas, exchanges exclusivos de privacy coins y servicios diseñados para ofuscar el origen o destino de los fondos.
• Darknet y cibercrimen: marketplaces de darknet, infraestructura de ransomware, distribución de malware, intermediación de datos robados, hacking-for-hire, DDoS-for-hire y vendedores de kits de phishing.
• Delitos contra la fauna y el medio ambiente: comercio de especies en peligro de extinción, productos ilegales de fauna silvestre, tala ilegal y minerales de conflicto.
• Partes del cuerpo humano: comercio de órganos, tejidos, sangre u otras partes del cuerpo humano fuera de los programas legales de donación.
El Dorado puede prestar servicios a entidades en las siguientes categorías, sujeto a Debida Diligencia Reforzada (EDD), evidencia de licenciamiento, cumplimiento regulatorio demostrable, controles internos sólidos de AML/CFT y monitoreo continuo. La aprobación queda a entera discreción de El Dorado y puede ser revocada en cualquier momento.
• Money Service Businesses (MSBs), servicios de remesas y proveedores de servicios de pago.
• Plataformas de criptomonedas, exchanges, mesas OTC y otros Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (VASPs).
• Emisores de stablecoins y proveedores de on/off-ramp.
• Entidades benéficas, fundaciones y organizaciones no gubernamentales (ONGs), en particular aquellas que operan o envían fondos a jurisdicciones de mayor riesgo.
• Comerciantes de metales preciosos, piedras preciosas y joyas (DPMS).
• Plataformas de contenido y de creadores (por ejemplo, streaming por suscripción, propinas o monetización de fans), incluidas aquellas que permitan contenido para adultos cuando sea legal.
• Operadores de juegos de azar, apuestas, loterías y fantasy sports regulados.
• Plataformas de gaming online y esports con economías in-game o skin-trading.
• Desarrolladores, corredores y agentes inmobiliarios — en particular transacciones transfronterizas.
• Marchantes de arte, casas de subastas y plataformas de coleccionables de alto valor.
• Trust and Company Service Providers (TCSPs), agentes de constitución de sociedades y proveedores de servicios de “nominee”.
• Plataformas de crowdfunding y de préstamos peer-to-peer.
• Brokers de divisas y plataformas de trading de CFD/forex.
• Plataformas de contenido para adultos que operen legalmente en su jurisdicción.
• Comerciantes de armas de fuego y municiones que operen con licencia federal/estatal/local completa (sujeto a las restricciones de red de tarjetas de la Sección III).
• Minoristas de tabaco, vape y cigarrillos electrónicos que operen con la licencia aplicable.
• Mayoristas farmacéuticos, telemedicina y farmacias en línea que operen con la licencia aplicable.
• Empresas de marketing multinivel (MLM) y venta directa con productos verificables y planes de compensación lícitos.
• Agencias de viajes, tour operadores y revendedores de tiempo compartido.
• Telemarketing y call centers de venta saliente.
• Negocios auxiliares al cannabis (por ejemplo, hardware, empaques, software) que operen donde sea legal.
Las siguientes restricciones aplican a todos los Tarjetahabientes, personas físicas y entidades, además del Contrato de Tarjetahabiente y de las reglas de Visa.
Para el producto Tarjeta, el usuario final no puede utilizar la Tarjeta para realizar gastos en los siguientes países:
• Cuba
• Irán
• Corea del Norte
• Rusia
• Siria
• Ucrania
• Venezuela
El uso de la Tarjeta está prohibido en cada uno de los países antes listados, independientemente de si el Tarjetahabiente es una entidad o una persona física. Esta restricción también aplica a las compras en línea cuando el comercio esté ubicado, constituido u operando desde cualquiera de las jurisdicciones antes mencionadas.
La Tarjeta no puede utilizarse para ninguna de las siguientes compras o tipos de transacción. Estas restricciones aplican a nivel del Código de Categoría de Comercio (MCC) y a nivel del nombre/descriptor del comercio:
• Compra o intercambio de monedas digitales, stablecoins, NFTs o cualquier otro activo virtual (incluyendo el fondeo de billeteras y exchanges de criptomonedas externos).
• Retiros en efectivo en cajeros automáticos o sobre el mostrador, y transacciones “cuasi-efectivo” (giros postales, cheques de viajero, transferencias bancarias de terceros y similares).
• Compras relacionadas con drogas, incluyendo marihuana, cannabis, CBD, head shops y artículos del mercado negro.
• Pagos en marketplaces de darknet o por servicios de hacking/cibercrimen (ransomware, malware, DDoS-for-hire, datos robados, kits de phishing).
• Farmacias en línea sin licencia o que operen fuera de jurisdicciones reguladas, incluida la reventa no autorizada de medicamentos con receta.
• Armas de fuego, municiones, explosivos y partes de armas — prohibido tanto para Tarjetahabientes individuales como corporativos.
• Materiales peligrosos, químicos tóxicos, materiales radiactivos y precursores químicos sin la autorización regulatoria correspondiente.
• Servicios de acompañantes, citas pagadas, contenido para adultos, locales de entretenimiento para adultos y cualquier comercio de servicios sexuales.
• Sitios de subastas sin licencia o ilegales, y plataformas de reventa de bienes robados.
• Préstamos no regulados, préstamos de día de pago (payday loans), préstamos con título de propiedad y crédito al consumo predatorio de corto plazo.
• Servicios de intermediación de datos, especialmente los que involucren datos personales no autorizados, datos extraídos por scraping o servicios de people-search sin consentimiento.
• Compra o intercambio de especies en peligro de extinción o productos de fauna silvestre, marfil, minerales de conflicto y madera ilegal.
• Juegos de azar en línea, apuestas deportivas, loterías y fantasy sports — salvo que (i) el comercio cuente con la licencia correspondiente en la jurisdicción de operación, (ii) el Tarjetahabiente se encuentre en una jurisdicción permitida, y (iii) la transacción sea aprobada por Lead Bank y Visa.
• Contribuciones políticas cuando estén prohibidas por la legislación de financiamiento de campañas de EE. UU. o local (incluidas las contribuciones de origen extranjero a campañas en EE. UU.).
• Bienes falsificados o de réplica, mercancía que infrinja propiedad intelectual y productos de marca no autorizados.
• Cuotas de ingreso a marketing multinivel, coaching de “inversión” y programas “get-rich-quick”.
• Compras de tabaco, vape y cigarrillos electrónicos en comercios sin licencia o que no cumplan con las restricciones de edad.
• Transacciones de prueba, BIN attacks, fraude de prueba de tarjetas, y cualquier comercio marcado por Visa o Lead Bank como de alto riesgo de fraude.
• Comercios sancionados, o comercios cuyo nombre, descriptor o titularidad real esté vinculada a una persona listada en la Sección I.B.
• Compartir, prestar o transferir la Tarjeta o las credenciales de la Tarjeta a cualquier tercero.
• Utilizar la Tarjeta para eludir controles cambiarios, controles de capital o normas locales de tipo de cambio en el país de residencia del Tarjetahabiente.
• Iniciar disputas o contracargos de mala fe (“friendly fraud”).
• Uso de la Tarjeta para transacciones que carezcan de un propósito económico o comercial legítimo.
Las siguientes restricciones aplican a depósitos y retiros de cripto (TRON y Arbitrum) y al Mini App de Cripto de El Dorado:
• Depósitos o retiros desde/hacia direcciones blockchain vinculadas, directa o indirectamente, a personas o entidades sancionadas listadas en la Sección I.B (incluyendo, entre otras, direcciones listadas por OFAC).
• Depósitos o retiros desde/hacia mixers, tumblers y servicios coin-join conocidos (por ejemplo, alertas de análisis on-chain por encima del umbral de riesgo de El Dorado).
• Depósitos o retiros desde/hacia marketplaces de darknet, direcciones de ransomware, exchanges sancionados y direcciones vinculadas a estafas, hackeos o fondos robados.
• Uso de privacy coins o activos que refuerzan el anonimato cuando El Dorado no los soporte.
• Depósitos o retiros estructurados para evitar los umbrales de reporte (“smurfing” / structuring).
• Transacciones en blockchains distintas a las oficialmente soportadas por El Dorado — los fondos enviados por redes no soportadas pueden ser irrecuperables.
• Uso de la billetera para prestar servicios de custodia o trading a terceros (es decir, operar como un VASP sin licencia a través de la Plataforma).
Las siguientes conductas están prohibidas en el Marketplace P2P de El Dorado:
• Operar por cuenta de un tercero no declarado, incluyendo trading “nominee” y brokerage para partes no declaradas o sancionadas.
• Operar como transmisor de dinero o MSB sin licencia mediante actividad P2P repetida y de alto volumen.
• Trading coordinado entre cuentas bajo control común para manipular precio, volumen, calificaciones o reputación.
• Marcar falsamente un pago como “enviado” cuando los fondos no han sido transmitidos; presentación de comprobantes o capturas de pantalla de pago falsificados.
• Uso de cuentas bancarias, billeteras electrónicas o cuentas de aplicaciones de pago de terceros que no coincidan con el nombre KYC verificado del usuario.
• Contracargo o reversa de un pago fuera de la Plataforma después de que el USDT ha sido liberado en la Plataforma.
• Comunicación o liquidación fuera de la Plataforma que evada el escrow, la resolución de disputas y los controles AML de El Dorado.
• Acoso, amenazas, discurso de odio, conducta discriminatoria o compartir datos personales de otro usuario.
• Uso de automatización, bots o scripts para colocar, modificar o aceptar órdenes P2P sin autorización previa por escrito de El Dorado.
• Solicitar operaciones que involucren actividades prohibidas, comercios prohibidos o jurisdicciones restringidas.
La Cuenta USD se provee en asociación con nuestros socios bancarios en EE. UU. Lo siguiente está prohibido:
• Recibir fondos de, o enviar fondos a, cualquier persona o entidad listada en la Sección I.B, o ubicada en cualquier jurisdicción restringida listada en la Sección I.A.
• Recibir fondos de fuentes que no puedan ser razonablemente verificadas como legítimas, o cuyo origen el usuario final se niegue a documentar a solicitud.
• Uso de la Cuenta USD como pass-through para fondos de terceros sin divulgación (“muling”), incluyendo fondos sobre los cuales el usuario final no tiene titularidad real.
• Recibir pagos relacionados con cualquier actividad comercial prohibida listada en la Sección II.A.
• Depósitos o retiros estructurados diseñados para evitar los umbrales de reporte o monitoreo.
• Devoluciones repetidas de transacciones ACH, reversas o reclamos de actividad no autorizada que sugieran abuso.
• Uso de la Cuenta USD para esquemas de evasión fiscal, ingresos transfronterizos no declarados o cualquier otra actividad que el usuario final sepa o deba razonablemente saber que es ilegal en su país de residencia fiscal.
• Uso de los rieles QR para liquidar transacciones que de otro modo estarían prohibidas conforme a las Secciones II.A o III.B.
• Uso de QR en un país donde el usuario final no esté autorizado a operar conforme a la ley local.
• Aceptación de pagos QR por parte de un comercio que no haya sido dado de alta y aprobado por El Dorado para la aceptación de pagos como comercio.
• Reversa o repudio de pagos QR de mala fe después de la entrega de los bienes o servicios.
• Uso de El Dorado Pay para eludir el KYC, los límites de transacción o cualquier restricción establecida en esta Lista de Prohibiciones.
• Transferencias hacia o desde cuentas que el usuario final sepa o sospeche que están controladas por un tercero, por una persona sancionada o por una persona involucrada en actividad prohibida.
• Uso de El Dorado Pay como medio de pago para cualquier actividad comercial prohibida o categoría de comercio prohibida listada en este documento.
• Transferencias repetidas entre el mismo grupo de cuentas sin un fundamento económico o comercial aparente (potencial layering).
Los socios comerciales que utilicen la API o el Widget de El Dorado acuerdan aplicar, y hacer que sus propios usuarios finales cumplan, esta Lista de Prohibiciones. Adicionalmente, lo siguiente está prohibido:
• Integración de la API / Widget en cualquier producto o servicio que respalde una actividad prohibida listada en la Sección II.A.
• Onboarding de usuarios finales sin realizar un KYC al menos equivalente al programa KYC de El Dorado, y sin el correspondiente screening de sanciones y PEPs.
• Reventa, sublicenciamiento o reempaquetado de los servicios de El Dorado a terceros no declarados.
• Uso de la API / Widget para prestar servicios a usuarios finales en cualquier jurisdicción restringida listada en la Sección I.A.
• Incumplimiento de mantener las licencias, registros y autorizaciones requeridas en la jurisdicción de operación del socio.
• Compartir credenciales de API, evasión técnica de los rate limits o cualquier actividad que comprometa la seguridad o la estabilidad de la Plataforma.
• Presentación de documentos de identidad falsos, falsificados, alterados o robados durante el onboarding o la revisión continua.
• Creación u operación de múltiples cuentas por la misma persona sin la autorización previa de El Dorado (“multi-accounting”).
• Suplantación de otra persona, entidad, funcionario público o empleado de El Dorado.
• Uso de la Plataforma desde una red privada virtual (VPN), proxy u otra herramienta de anonimización con la intención de evadir restricciones geográficas o controles KYC.
• Ingeniería inversa, scraping o acceso automatizado no autorizado a la Plataforma.
• Cualquier actividad que el usuario final sepa o deba razonablemente saber que es ilegal en cualquier jurisdicción relevante para la transacción.
• Negativa a cooperar con solicitudes razonables de información de El Dorado relacionadas con AML, sanciones o fraude.
Cuando El Dorado identifique una violación real o presunta de esta Lista de Prohibiciones, El Dorado podrá, a su entera discreción y sin aviso previo:
• Negarse a dar de alta al usuario final, o terminar la relación.
• Suspender, congelar o cerrar una o más cuentas, productos o servicios.
• Rechazar, revertir, retener o congelar cualquier transacción.
• Cancelar o bloquear la Tarjeta.
• Retener fondos en espera de una revisión de cumplimiento, o remitir fondos a la autoridad correspondiente cuando lo exija la ley.
• Reportar el asunto a unidades de inteligencia financiera, agencias de aplicación de la ley, reguladores e instituciones socias, de conformidad con la ley aplicable.
• Aplicar cualquier otro remedio disponible bajo los Términos de Servicio o la ley aplicable.
Esta Lista de Prohibiciones forma parte de, y debe leerse junto con, los Términos de Servicio, la Política de Privacidad y cualquier acuerdo específico del producto (incluyendo el Contrato de Tarjetahabiente) de El Dorado. En caso de conflicto, prevalecerá la restricción más estricta.
EL SUEÑO LATINO:
El Dorado Dollar Dream $